DECRETO 435 DE 19 DE MARZO 2020
En virtud de los más recientes Decretos expedidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se modifican algunos términos y calendarios de obligaciones legales / tributarias, así:
Decreto 435 de marzo 19 de 2020
Impuesto a la Renta:
Grandes Contribuyentes: Los vencimientos de la segunda cuota van desde el 21 de abril al 5 de mayo del 2020, de acuerdo al l último dígito del NIT. Los vencimientos anteriores iban del 14 al 27 de abril del 2020.
Personas Jurídicas: El nuevo plazo establecido para presentar la declaración del Impuesto y pagar la primera cuota será entre el 21 de abril y el 19 de mayo. El rango del vencimiento anterior estaba entre el 14 abril y el 12 de mayo.
IVA
Los responsables de IVA que desarrollen algunas de las actividades económica incluidas en el Decreto 435 de 2020 (expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafetería, otro tipo de expendio de comidas preparadas en cafetería N.C.P., expendio de bebidas alcohólicas para consumir dentro del establecimiento, actividades de las agencias de viajes, actividades de operadores turísticos), tendrán como plazo máximo para pagar la declaración del impuesto del bimestre marzo – abril, o del cuatrimestre enero – abril, (según sea el caso) hasta el 30 de junio del 2020.
Impuesto Nacional al Consumo:
Los responsables del Impuesto al Consumo que desarrollen algunas de las actividades económica incluidas en el Decreto 435 de 2020 (expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafetería, otro tipo de expendio de comidas preparadas, y expendio de bebidas alcohólicas para consumo dentro del establecimiento) tendrán como plazo máximo para pagar la declaración del impuesto del bimestre marzo – abril, hasta el 30 de junio del 2020.
Declaración Anual de Activos en el Exterior:
En virtud del Decreto 435 de 2020 los siguientes son los nuevos vencimientos:
Grandes Contribuyentes: La declaración anual de activos en el exterior, deberá presentarse entre el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020. Los vencimientos anteriores iban del 14 al 27 de abril.
Personas Jurídicas: Los nuevos plazos para presentar la Declaración comprenden desde el 21 de abril hasta el 19 de mayo de 2020.
IVA en productos médicos
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante el Decreto 438 del 19 de marzo de 2020, establece la exención transitoria del IVA (en la importación y en las ventas en el territorio aduanero nacional) sobre una lista de 24 productos médicos necesarios para la atención del COVID – 19, durante el término de duración de la emergencia de que trata el Decreto 417 de 2020.
Entidades sin Ánimo de Lucro – ESAL
Mediante el Decreto 438 del 19 de marzo de 2020 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, extendió el plazo para la calificación de la Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL y renovar su estatus de Entidad adscrita al Régimen Tributario Especial, hasta el 30 de junio de 2020.
Otras disposiciones
Renovaciones / afiliaciones a Cámaras de Comercio e información relacionada
Mediante el Decreto 434 del 19 de marzo de 2020, El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, extendió el plazo para la realización de los siguientes trámites:
Renovación de Matrícula Mercantil, Afiliación a las Cámaras de Comercio y Registros RUES: julio 3 de 2020
Registro único de proponentes: Quinto (5°) día hábil de julio de 2020.
Reuniones Ordinarias de Asamblea
Las reuniones presenciales, no presenciales o mixtas de Asamblea correspondientes al ejercicio del año 2019 (En virtud del Artículo 422 del Código de Comercio) se podrán efectuar hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional.
Reporte de Estados Financieros ante la Superintendencia de Sociedades
Mediante la Circular Externa 00-000003 del 17 de marzo 2020, el Organismo de control modificó los plazos para la presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019, así: de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT los vencimientos para el reporte inician el 14 de abril y finalizan el 12 de mayo de 2020. Los vencimientos anteriores oscilaban entre el 30 de marzo y 4 de mayo de 2020.
