Decreto 376 del 9 de Abril de 2021: Pagos pendientes al Sistema General de Pensiones
De acuerdo al Decreto 376 del 9 de Abril de 2021 expedido por el Ministerio del Trabajo, los empleadores del sector público y privado, y los trabajadores dependientes e independientes, que hayan hecho uso del mecanismo contemplado en el capítulo I del Decreto Legislativo 558 de 2020, deberán aportar los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondiente a los los periodos de Abril y Mayo de 2020, en un plazo no superior a 36 meses, contado a partir del 1 de junio de 2021.
Para tener en cuenta:
- El empleador o el trabajador podrán efectuar la totalidad de pago de la cotización faltante y posteriormente efectuar el cobro al empleador o al trabajador según corresponda.
- Para el caso de los trabajadores independientes, estos pagarán el 100%.
- Los empleadores no deberán solicitar autorización para realizar el descuento, pero este si será informado.
- El pago total de los aportes deberá hacerse en cualquier momento dentro de los 36 meses establecidos. No se aceptan pagos parciales.
