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Decreto 1808 Del 7 De Octubre De 2019 Sobre Rentas Modificadas

Decreto 1808 del 7 de octubre de 2019 sobre Rentas Modificadas

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) dejó en firme el Decreto 1808 del 2019, “Por el cual se reglamentan los artículos 55,126-1,126-4, 206,206-1,235-2,383,387 Y 388 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria” sustituyendo los numerales 3 y 6 del artículo 1.2.4.1.6 -Depuración de la base del cálculo de la retención en la fuente, al especificar que los aportes obligatorios al sistema general de pensiones obligatorias, tendrán el tratamiento de ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional y en cuanto a las cotizaciones voluntarias al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), cifrarían un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, hasta un porcentaje no máximo al 25% del ingreso laboral limitado a 2.500 UVT. Este Decreto incluye entre otros, la tabla de Retención en la Fuente sobre ingresos laborales.

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